Divorcio De Mutuo Acuerdo en Madrid capital
-El Divorcio es un procedimiento judicial, regulado por la Ley, con la finalidad de disolver el matrimonio.
- El Divorcio pueden solicitarlo ambos cónyuges o uno con el consentimiento del otro, en cuyo caso estaríamos ante un Divorcio de Mutuo Acuerdo, o bien solamente uno de ellos, en cuyo caso estaríamos ante un Divorcio Contencioso.
- Tras la reforma de la Ley 15/2005, de 8 de Julio, de reforma del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ya no es necesario para solicitar el Divorcio alegar ninguna causa así como tampoco haber presentado previamente demanda de Separación.
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Otras de las novedades son la de haber reducido el tiempo que debe transcurrir entre la celebración del matrimonio y la solicitud de Divorcio a tres meses, la posibilidad de conseguir una guarda y custodia compartida así como la posibilidad de utilizar la vía de la mediación.
- Tras la Sentencia acordando el Divorcio se entiende disuelto definitivamente el vínculo matrimonial con los efectos que ello conlleva: cese de la vida conyugal, pérdida de los derechos sucesorios así como de las obligaciones derivadas del matrimonio, disolución del régimen económico matrimonial, modificación del estado civil, y posibilidad de poder contraer nuevamente matrimonio.
DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
- En el Divorcio de Mutuo Acuerdo la tramitación es mucho más rápida y económica que en el procedimiento contencioso. Los cónyuges solo tienen que acudir al Juzgado una vez para ratificar el Convenio Regulador previamente acordado y elaborado en el despacho de los abogados y procuradores a los que hayan acudido.
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El Divorcio de Mutuo Acuerdo es aquel que se presente por ambos cónyuges o por uno con el consentimiento del otro.
- La denominación de Divorcio Express surgió a raíz de la reforma de la Ley 15/2005, de 8 de Julio, que eliminaba la obligatoriedad de acudir previamente al procedimiento de Separación para poder instar directamente el de Divorcio.
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Los Requisitos para poder tramitar un Divorcio de Mutuo Acuerdo o Express son:
1.- Que ambos cónyuges acudan al Juzgado representados por un único Procurador.
2.- Que ambos cónyuges estén de acuerdo en la presentación de la demanda y que quede reflejado en la firma de un Convenio Regulador redactado sobre la base de un entendimiento en todos los órdenes de los mismos que cumpla con los requisitos exigidos por la Ley.
3.- Que hayan transcurrido tres meses desde que tuvo lugar la celebración del matrimonio para poder solicitar el divorcio de mutuo acuerdo.
4.- Que se acompañen junto con la Demanda de Divorcio y el Convenio Regulador los siguientes documentos a la hora de solicitar el divorcio de mutuo acuerdo:
- Certificado literal del matrimonio expedido en el Registro Civil correspondiente a la localidad donde tuvo lugar el matrimonio
- Certificado literal de nacimiento de los hijos (si los hubiere) del matrimonio expedidos igualmente por el Registro Civil correspondiente a la localidad donde hubieran nacido los hijos
5.- La Demanda para el divorcio de mutuo acuerdo puede presentarse, a elección de los cónyuges, en los Jugados que corresponda según las siguientes normas:
- Los de la localidad donde hubieran tenido los cónyuges el domicilio conyugal.
- Los de la localidad de residencia de cualquiera de los solicitantes.
Una vez ratificado el Convenio Regulador por ambos cónyuges ante el Juez que corresponda se dictará Sentencia acordando o denegando el Divorcio de mutuo acuerdo (en el caso de que no se hubieran cumplidos todos los requisitos) y pronunciándose sobre el Convenio Regulador.
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En el Despacho de Procuradores y Abogados de Elisa Hurtado Pérez tramitamos todo tipo de Divorcios, además de mutuo acuerdo divorcio:
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Servicio de Asesoramiento, Defensa, Tramitacion y Representación Jurídico Legal en Madrid capital en los Tribunales de Justicia y Juzgados. Abogados y Procuradores de los Tribunales de Madrid capital tramitarán su Divorcio de Mutuo Acuerdo por parte de los cónyuges.